Trabajo en plataformas digitales: los nuevos derechos de repartidores y mensajeros con la Reforma LaboralUna publicación

¿Sabías que la reforma laboral reconoce nuevos derechos para quienes trabajan como repartidores, mensajeros y domiciliarios en plataformas digitales? En este nuevo episodio del Consultorio Jurídico Ciudadano te explicamos, de manera sencilla, cómo funciona la afiliación a la seguridad social, cuáles son las responsabilidades de las plataformas digitales y qué garantías establece la ley para proteger a los trabajadores de la economía digital. Infórmate y conoce cómo estas normas pueden impactar tu vida laboral.

DERECHO LABORAL

Laura Londoño

7/22/20263 min read

La economía digital ha transformado profundamente el mercado laboral. Cada día miles de colombianos generan sus ingresos mediante plataformas digitales de reparto, realizando entregas de alimentos, medicamentos, paquetes y otros productos. Sin embargo, durante varios años este tipo de trabajo se desarrolló en un escenario de incertidumbre jurídica, especialmente en aspectos relacionados con la seguridad social, la protección laboral y las responsabilidades de las empresas que administran estas plataformas.

Con la expedición de la Ley 2466 de 2025, conocida como la Reforma Laboral, Colombia dio un paso importante hacia la regulación del trabajo en plataformas digitales, estableciendo un conjunto de derechos y obligaciones que buscan garantizar condiciones más dignas y seguras para quienes desarrollan esta actividad.

Un marco jurídico para la economía digital

La reforma reconoce que el trabajo realizado a través de plataformas digitales constituye una realidad del mercado laboral moderno y, por ello, incorpora un régimen especial para los trabajadores de reparto.

La ley admite que la prestación del servicio puede desarrollarse bajo dos modalidades: como trabajador dependiente, cuando existe una verdadera relación laboral con subordinación, o como trabajador independiente, cuando el repartidor presta el servicio con autonomía.

No obstante, la reforma mantiene vigente uno de los principios más importantes del derecho laboral colombiano: la primacía de la realidad sobre las formas. Esto significa que no basta con que una plataforma denomine al repartidor como "independiente"; si en la práctica existen órdenes permanentes, control sobre la prestación del servicio, imposición de horarios o mecanismos de subordinación, las autoridades laborales podrán reconocer la existencia de un contrato de trabajo con todos los derechos que ello implica.

Seguridad social: el mayor avance de la reforma

Uno de los cambios más relevantes consiste en garantizar la protección en seguridad social de quienes trabajan mediante plataformas digitales.

Cuando exista una relación laboral, la empresa deberá asumir las obligaciones que la legislación colombiana impone a cualquier empleador, incluyendo el pago de aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y el reconocimiento de todas las prestaciones sociales.

Cuando el trabajador actúe como independiente, la ley también establece un esquema de protección. En estos casos, la plataforma deberá contribuir con el 60 % de los aportes a salud y pensión, mientras que el trabajador asumirá el 40 % restante. Además, la empresa administradora deberá financiar el 100 % de la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales (ARL), garantizando cobertura frente a los accidentes que puedan presentarse durante el desarrollo de la actividad.

Este modelo busca equilibrar la flexibilidad propia de la economía digital con la necesidad de brindar protección social a quienes dependen de estas plataformas para obtener sus ingresos.

Nuevas responsabilidades para las plataformas digitales

La reforma no solo fortalece los derechos de los trabajadores, sino que también incrementa las obligaciones de las empresas que administran estas aplicaciones.

Entre otras responsabilidades, las plataformas deberán informar de manera clara la modalidad de vinculación del trabajador, reportar la información necesaria para los aportes al sistema de seguridad social, mantener registros actualizados de los repartidores activos y ofrecer mayor transparencia sobre el funcionamiento de los algoritmos que asignan pedidos, califican el desempeño o adoptan decisiones que puedan afectar la continuidad del trabajador en la plataforma.

Estas medidas buscan reducir la opacidad con la que tradicionalmente operaban muchos sistemas automatizados y garantizar que las decisiones que afectan a los trabajadores puedan ser comprendidas y, cuando corresponda, cuestionadas.

El papel del Estado

La implementación de este nuevo régimen también fortalece las funciones de inspección y vigilancia del Estado.

El Ministerio del Trabajo ejercerá el control sobre el cumplimiento de las normas laborales; la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) verificará el adecuado cumplimiento de las obligaciones en materia de aportes al sistema de seguridad social; y las demás entidades competentes participarán en la supervisión del nuevo modelo establecido por la ley.

Un avance hacia el trabajo digno

La regulación del trabajo en plataformas digitales representa uno de los cambios más importantes introducidos por la Reforma Laboral de 2025. El propósito no es eliminar la flexibilidad que caracteriza este modelo de negocio, sino garantizar que dicha flexibilidad no implique la renuncia a derechos fundamentales como la seguridad social, la protección frente a riesgos laborales, la transparencia y el respeto por la dignidad del trabajador.

En un contexto donde la tecnología continúa transformando las relaciones laborales, el reto será lograr un equilibrio entre la innovación, la competitividad empresarial y la protección efectiva de quienes hacen posible el funcionamiento de la economía digital.

Desde L&L Derecho consideramos que el conocimiento de estas nuevas disposiciones permitirá a trabajadores y empresas comprender mejor sus derechos y obligaciones, favoreciendo relaciones laborales más transparentes, justas y acordes con los principios constitucionales que protegen el trabajo digno en Colombia.