Teletrabajo en Colombia: derechos, deberes y aspectos legales que debe conocer

El teletrabajo es una modalidad laboral regulada por la legislación colombiana que permite desarrollar las funciones del empleo mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, sin perder los derechos laborales. Explicamos, de manera sencilla, qué es el teletrabajo, las normas que lo regulan, los deberes del empleador y del trabajador, y los aspectos más importantes que debe conocer para proteger sus derechos y cumplir con sus obligaciones.

DERECHO LABORAL

Jorge Londoño

7/30/20263 min read

Contenido de mi publicación

El teletrabajo dejó de ser una medida excepcional para convertirse en una modalidad laboral plenamente reconocida por la legislación colombiana. Sin embargo, muchas personas aún creen que trabajar desde casa significa perder derechos laborales o que el empleador puede exigir disponibilidad permanente. Nada más alejado de la realidad.

¿Qué es el teletrabajo?

El teletrabajo es una modalidad de organización laboral mediante la cual el trabajador desarrolla sus funciones utilizando las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), sin necesidad de estar permanentemente en las instalaciones del empleador. Existe un contrato de trabajo y se conservan todos los derechos laborales.

¿Qué normas regulan el teletrabajo?

Actualmente, las principales normas son:

  • Ley 1221 de 2008, que creó y reguló el teletrabajo en Colombia.

  • Decreto 1227 de 2022, que reglamentó y modernizó las reglas aplicables al teletrabajo.

  • Decreto 1072 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo), con las modificaciones introducidas por el Decreto 1227 de 2022.

  • La Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral) actualizó la definición de teletrabajo y sus modalidades dentro de la Ley 1221 de 2008.

¿El teletrabajo modifica el contrato de trabajo?

No.

Lo que cambia es la forma de prestar el servicio, pero no desaparece el contrato de trabajo ni los derechos del trabajador. El empleado continúa teniendo derecho a:

  • Salario.

  • Prestaciones sociales.

  • Vacaciones.

  • Cesantías e intereses.

  • Prima de servicios.

  • Afiliación a salud, pensión y riesgos laborales.

  • Protección frente al despido injustificado.

  • Derecho a la desconexión laboral.

¿Debe firmarse un acuerdo?

Sí.

El teletrabajo debe quedar formalizado mediante un acuerdo o una modificación del contrato donde se establezcan, entre otros aspectos:

  • Modalidad de teletrabajo.

  • Jornada laboral.

  • Lugar desde donde se desarrollará la actividad.

  • Equipos y herramientas suministradas.

  • Responsabilidades sobre el uso de los equipos.

  • Medidas de seguridad informática.

  • Condiciones ergonómicas del puesto de trabajo.

Modalidades de teletrabajo

La legislación contempla diferentes modalidades, entre ellas:

  • Teletrabajo autónomo: el trabajador desarrolla sus funciones principalmente desde un lugar escogido por él y solo asiste ocasionalmente a la empresa.

  • Teletrabajo híbrido o suplementario: combina días de trabajo presencial con días de trabajo remoto.

  • Teletrabajo móvil: el trabajador presta sus servicios utilizando dispositivos tecnológicos sin tener un lugar fijo de trabajo.

Obligaciones del empleador

El empleador debe:

  • Proporcionar o acordar los equipos y herramientas necesarias para el trabajo.

  • Garantizar la afiliación y cobertura ante la ARL.

  • Capacitar al trabajador en seguridad y salud en el trabajo.

  • Proteger la información y los datos personales.

  • Respetar la jornada laboral y el derecho a la desconexión.

  • Informar a la ARL el lugar desde donde se prestará el servicio.

  • Implementar medidas de prevención de riesgos laborales.

Obligaciones del trabajador

Por su parte, el trabajador debe:

  • Cumplir la jornada y las funciones asignadas.

  • Utilizar adecuadamente los equipos entregados.

  • Cuidar la información confidencial de la empresa.

  • Cumplir las políticas de seguridad digital.

  • Informar cualquier cambio del lugar habitual desde donde desarrolla el teletrabajo, cuando ello pueda afectar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

  • Participar en las actividades de prevención de riesgos laborales.

¿Quién paga el internet y la energía?

La ley permite que las partes acuerden la forma en que se asumirán estos costos.

Cuando el trabajador utiliza sus propios equipos o incurre en gastos para desarrollar la actividad laboral, el empleador puede reconocer los costos correspondientes mediante los acuerdos que suscriban las partes, sin afectar el salario.

¿El trabajador puede ser llamado a la oficina?

Sí.

Dependerá de la modalidad pactada.

Por ejemplo, en el teletrabajo suplementario o híbrido es normal que existan días de asistencia presencial. En el teletrabajo autónomo también pueden pactarse asistencias ocasionales cuando las necesidades del servicio lo requieran.

¿Existe derecho a la desconexión laboral?

Sí.

El hecho de trabajar desde casa no significa estar disponible las 24 horas del día.

El trabajador tiene derecho a que se respete su jornada laboral y sus tiempos de descanso, vacaciones y licencias. Salvo situaciones excepcionales previstas por la ley o por la naturaleza del cargo, el empleador no puede exigir respuestas permanentes fuera del horario de trabajo.

En resumen.

El teletrabajo representa una oportunidad para mejorar la productividad, reducir tiempos de desplazamiento y facilitar la conciliación entre la vida laboral y familiar. Sin embargo, esta modalidad no elimina las obligaciones del empleador ni reduce los derechos del trabajador.

La ley colombiana busca que el teletrabajo se desarrolle bajo condiciones de dignidad, seguridad, igualdad y respeto por la jornada laboral, garantizando que la tecnología sea una herramienta para mejorar el trabajo y no para vulnerar los derechos de quienes lo desempeñan.