¿Qué hacer con un vecino ruidoso en propiedad horizontal? Guía práctica según la Ley 675 de 2001
Conozca qué hacer si un vecino genera ruidos que afectan la convivencia en su edificio o conjunto residencial. Explicamos, de manera sencilla, los derechos, deberes y el procedimiento previsto en la Ley 675 de 2001 y el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana para resolver estos conflictos.
DERECHO CIVIL
Jorge Londoño
8/6/20262 min read


Vivir en propiedad horizontal significa que todos tenemos derechos, pero también deberes. La Ley 675 de 2001, que regula la propiedad horizontal en Colombia, establece que los propietarios, residentes y tenedores deben respetar la tranquilidad, la seguridad y la convivencia dentro del conjunto residencial.
Si un vecino pone música a alto volumen, realiza fiestas hasta altas horas de la noche, hace trabajos con herramientas ruidosas en horarios inadecuados o genera ruidos constantes que perturban el descanso, lo primero que se recomienda es hablar con respeto y cordialidad. En muchas ocasiones, una conversación amable puede solucionar el problema.
Si la situación continúa, el siguiente paso es informar por escrito al administrador o al consejo de administración para que intervengan. La Ley 675 faculta a los administradores para velar por el cumplimiento del reglamento de propiedad horizontal, y la mayoría de los reglamentos internos establecen horarios de descanso y normas sobre los niveles de ruido permitidos.
Cuando el comportamiento persiste, el administrador puede iniciar el procedimiento previsto en el reglamento y, si corresponde, imponer las sanciones autorizadas por la Ley 675 de 2001 y por el reglamento de la copropiedad. Estas sanciones deben respetar siempre el debido proceso, es decir, escuchar al presunto infractor antes de tomar una decisión.
Ahora bien, si el ruido es excesivo y ocurre en el momento, especialmente durante la noche o altera gravemente la convivencia, también puede solicitarse el apoyo de la Policía Nacional. El Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, contenido en la Ley 1801 de 2016, permite a las autoridades intervenir cuando el ruido afecta la tranquilidad pública y adoptar las medidas correctivas que correspondan.
Es importante recordar que no debemos responder al ruido con más ruido, ni entrar en discusiones o confrontaciones que puedan empeorar el conflicto. La mejor solución siempre será acudir a los mecanismos legales y de convivencia.
En conclusión, si tiene un vecino ruidoso recuerde estos cuatro pasos: primero, dialogue respetuosamente; segundo, informe al administrador; tercero, permita que se aplique el reglamento y las sanciones previstas en la Ley 675 de 2001; y cuarto, si la situación es grave o inmediata, solicite la intervención de la Policía.
La propiedad horizontal funciona mejor cuando cada residente comprende que su derecho a disfrutar de su vivienda termina donde comienza el derecho de los demás a descansar y vivir en paz.

