¿Cómo quedaron las horas extras, el trabajo nocturno y los dominicales con la Reforma Laboral?
Conozca de manera clara y sencilla los principales cambios que introdujo la Reforma Laboral en materia de horas extras, trabajo nocturno y recargos por laborar domingos y festivos. En este Consultorio Jurídico Ciudadano explicamos cuándo aplican estos pagos, cómo se calculan y cuáles son los derechos que hoy tienen los trabajadores y las obligaciones de los empleadores conforme a la legislación laboral vigente.
DERECHO LABORAL
Laura Sofia Londoño Diaz
7/15/20262 min read


Contenido de mi publicación
Vamos a explicar, de manera sencilla, uno de los temas que más inquietudes genera entre trabajadores y empleadores: ¿cómo quedaron las horas extras, el trabajo nocturno y el pago de domingos y festivos con la Reforma Laboral?
La principal norma es la Ley 2466 de 2025, que modificó varias disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo. Además, desde el 15 de julio de 2026 culmina la reducción gradual de la jornada máxima semanal, que pasa a ser de 42 horas, conforme a la Ley 2101 de 2021, sin que ello implique disminución del salario.
Empecemos por la jornada diurna y nocturna. Antes, la jornada nocturna iniciaba a las 9 de la noche. Con la reforma, ahora la jornada diurna va desde las 6 de la mañana hasta las 7 de la noche, y la jornada nocturna comienza a las 7 de la noche y termina a las 6 de la mañana del día siguiente. Esto significa que cualquier trabajador que labore entre las 7 de la noche y las 6 de la mañana tiene derecho al recargo nocturno del 35% sobre el valor de la hora ordinaria, aun cuando no esté realizando horas extras.
Ahora hablemos de las horas extras. Una hora extra es aquella que se trabaja por fuera de la jornada ordinaria pactada con el empleador.
Si esa hora adicional se trabaja entre las 6 de la mañana y las 7 de la noche, se trata de una hora extra diurna, la cual se paga con un recargo del 25% sobre el valor de la hora ordinaria.
Si la hora adicional se trabaja entre las 7 de la noche y las 6 de la mañana, será una hora extra nocturna, y su recargo es del 75% sobre el valor de la hora ordinaria.
Otro cambio importante tiene que ver con el trabajo en domingos y festivos. La Reforma Laboral estableció un incremento gradual del recargo por laborar estos días. Desde el 1.º de julio de 2026, el recargo es del 90% sobre el valor de la hora ordinaria, y a partir del 1.º de julio de 2027 será del 100%. Es decir, trabajar un domingo o un festivo vale más porque la ley reconoce que esos días están destinados al descanso del trabajador y de su familia.
Es importante aclarar que, si una persona trabaja un domingo o un festivo en horario nocturno o además realiza horas extras, los recargos correspondientes pueden acumularse conforme a las reglas del Código Sustantivo del Trabajo, por lo que el valor a pagar será superior.
En conclusión, la Reforma Laboral busca reconocer de mejor manera el tiempo que los trabajadores dedican a sus labores fuera de la jornada normal o en días destinados al descanso, fortaleciendo la protección de sus derechos laborales.
Recuerde: conocer la ley es la mejor herramienta para hacer valer sus derechos y también para cumplir correctamente sus obligaciones.
Si quieres saber más detalles sobre este temas, puedes comunicarte con nosotros y con gusto te asesoramos.

